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Establecen que trabajadores del juego cobren sus salarios en el Banco Provincia

La norma alcanza también a las plataformas de apuestas online. Los empleados podrán optar por otra entidad bancaria si lo solicitan de manera expresa.

La provincia de Buenos Aires sancionó la Ley N° 15.627, que establece que los trabajadores y trabajadoras vinculados a distintas actividades de explotación del juego deberán percibir sus remuneraciones a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La medida alcanza tanto a quienes inicien una relación laboral como a quienes ya se encuentren trabajando en las instituciones comprendidas por la norma.

La ley modifica artículos de leyes vinculadas con la explotación de juegos, casinos y otras actividades reguladas en la Provincia. En todos los casos, incorpora la obligación de abonar los salarios por intermedio del Banco Provincia, respetando la normativa laboral vigente.

La disposición alcanza a las entidades de bien público que explotan juegos y que contraten esa actividad con terceras personas físicas o jurídicas, siempre mediante convenios aprobados por el organismo de aplicación. También incluye a los trabajadores vinculados con la administración y explotación de los casinos autorizados en territorio bonaerense.

Además, la nueva normativa incorpora el artículo 151 bis a la Ley 15.079. Allí se establece que toda persona humana o jurídica, entidad pública o privada autorizada para organizar y explotar las actividades comprendidas por ese régimen deberá pagar las remuneraciones de sus operarios y trabajadores a través del Banco Provincia.

La ley contempla tanto a los nuevos trabajadores como a quienes actualmente se encuentran en ejercicio de sus funciones. Sin embargo, establece una excepción: los trabajadores podrán manifestar expresamente su decisión de percibir sus haberes mediante otra entidad bancaria.

En cuanto a la operatoria de las cuentas, aquellos trabajadores que ya tengan una caja de ahorro en pesos podrán solicitar su transformación en una cuenta sueldo. Para hacerlo, el Banco Provincia deberá informar al empleador cuál es la documentación necesaria. Para quienes no posean una cuenta bancaria, la entidad deberá abrir una nueva cuenta sueldo.

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Fuente: Agencia DIB

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